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    ¿Qué es un seguro de hogar? 

    Un seguro de hogar es aquel que tiene como objetivo la protección económica de un domicilio, vivienda, casa, apartamento, piso, Hogar etc ...  Por parte de sus propietarios o inquilinos, frente a los riesgos que puedan surgir.

    Para comprender correctamente los términos relacionados con la contratación de una póliza de hogar hay que conocer algunos términos o  conceptos.

    • Continente: Es la estructura de la casa o piso, de la que forman parte las paredes, el techo, el suelo,  y todos los demás elementos estructurales. El valor correspondiente es el valor de reconstrucción del inmueble.
    • Contenido: Son todos los muebles o accesorios que hay dentro de la vivienda, Desde las sábanas de la cama, los armarios, el sofá, el ordenador, las tabletas, teléfonos móviles, así como los pequeños y grandes electrodomésticos. También se deben incluir los objetos de decoración. . El valor del contenido lo determinada cada asegurado y determinará el coste máximo que asumirá la aseguradora en caso de siniestro.
    • Responsabilidad civil: Este tipo de cobertura tiene relación con las indemnizaciones que debas pagar a terceras personas en caso que les hayas ocasionado algún daño que tenga relación con tu vivienda.
    • Prima: Es el precio anual que se paga por la póliza de hogar contratada, depende en función del valor del continente y del valor del contenido asegurado y de las coberturas contratadas en el seguro de Hogar.

    los Tipos de cobertura en los seguros de hogar que existen en España son: Daños del continente, Daños del contenido, Responsabilidad civil

     
    ¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar en España?

    Contratar un seguro de hogar en España no es obligatorio, salvo en el caso de las viviendas con hipoteca, que deben contratar una póliza de daños de los bienes afectados por la hipoteca. En estos casos, se puede contratar el seguro de hogar con la entidad que se quiera, es decir, que nadie puede obligarte a contratar una póliza de hogar con el banco que concede la hipoteca. Pero es muy aconsejable contratar un seguro de hogar que cubra, al menos, la responsabilidad civil  y el continente.

    ¿Tengo que contratar un seguro de hogar si vivo de alquiler en España?

    Algunas responsabilidades estarán a cargo del propietario, y otras serán por cuenta del inquilino. Por lo que, lo más recomendable es que contrates un seguro de Hogar que te cubra tu responsabilidad como inquilino. Muchas aseguradoras de hogar en España, comercializan pólizas de hogar pensados para inquilinos a precios muy competitivos. Prueba nuestro comparador de seguros de hogar, te garantizamos el seguro de hogar que más se ajusta a tus necesidades al mejor precio. Te asesoramos gratis y sin compromiso

      ¿ Por qué Contratar un Seguro de Hogar en España?

    El seguro de Hogar es indispensable, tanto si vives de alquiler como si eres propietario de tu vivienda, casa, apartamento, piso, domicilio etc... Es importante tener una póliza de hogar porque siempre esta expuesto a posibles peligros como robo, Incendio, Actos de vandalismo, explosión, caída de un rayo, Daños por agua, Daños por roturas de lunas,  espejos etc... en el hogar. Si quieres proteger tu casa y estar preparado ante posibles daños o algun tipo de desastre natural que afecte a su casa , lo más probable es que necesites contratar un seguro para tu domicilio. Tipos de coberturas seguro de hogar: Daños del continente, Daños del contenido, Responsabilidad civil. Tipos de seguro de hogar: Seguro de Daños, Seguro Multirriesgo, Seguro Todo Riesgo 

    Tipos de Seguro de Hogar en España

    • Seguro de Daños:
      Este tipo de seguro sólo cubre el continente de la casa.
    • Seguro Multirriesgo:
      Este tipo de póliza cubre tanto el continente como el contenido de la vivienda. A su vez, entrega una cobertura de responsabilidad civil.

    En general, los seguros Multirriesgo para el hogar suelen incluir:

    • Daños por accidentes en el hogar
    • Daños por agua o daños por inundaciones
    • Daños eléctricos
    • Daños por rotura de cristales
    • Daños provocados por incendio, explosión o caída de un rayo
    • Daños provocados por fenómenos atmosféricos
    • Daños por humo
    • Daños por robo, atraco y hurto
    • Daños provocados por caídas de árboles
    • Responsabilidad civil
    • Deterioro de alimentos dentro del frigorífico
    • Desalojamiento forzoso
    • Asistencia jurídica y legal
    • Seguro Todo Riesgo:
      El seguro de Todo Riesgo es el tipo de póliza más completa que existe en el mercado. Como su nombre lo indica, cubre todos los riesgos salvo los expresamente excluidos en cada contrato.

     
    ¿Qué te cubre normalmente un Seguro de Hogar en España ?

    • Daños eléctricos: La aseguradora cubre los daños eléctricos en instalaciones, aparatos electrónicos del domicilio o vivienda del Asegurado, siempre que se produzcan por cortocircuitos o corrientes anormales
    • Robo, hurto y atraco:
      La aseguradora indemnizará al Asegurado, por los daños o pérdidas, que se produzcan, por un atraco, robo, expoliación o hurto en el interior del hogar, según el seguro. depende de los límites de indemnización cuando se trate de un atraco o expoliación fuera de la vivienda: cheques, dinero, uso fraudulento de tarjetas de crédito…
    • Actos de vandalismo:
      Se cuenta como vandalismo a los daños materiales causados intencionalmente por terceros sobre los bienes asegurados. No obstante, quedarán excluidos los daños como consecuencia de inscripciones, pintadas, hechos analógicos, pegadas de carteles. Además, de las acciones que tuvieran el carácter tumulto popular o motín.
    • Incendio y otros daños:
      Es la garantía base del seguro multirriesgo de la vivienda, el cual quedará cubierto en caso de incendio, caída de un rayo, explosión o los bienes asegurados del hogar.
    • Daños por agua: 
      Con esta garantía, la compañía aseguradora de hogar, indemnizará los daños a los bienes asegurados, en caso de escapes accidentales de agua, rotura de tuberías. No cubren las aseguradoras los daños producidos por defectos de construcción o la falta de mantenimiento.
    • Daños por roturas de lunas, cristales, espejos, elementos sanitarios fijos, metacrilato:
      los seguros de hogar únicamente cubren roturas accidentales de los objetos. No se cubren ni arañazos ni raspaduras, defectos de la superficie o cualquier defecto estético.
    • Daños por fenómenos atmosféricos: 
      los daños causados por viento, lluvia, inundación, nieve, pedrisco. Estos daños pueden aparecer en forma de filtraciones, goteras, humedades, oxidaciones, Ocasionadas de forma paulatina.
    • Responsabilidad civil:
      la compañía aseguradora se hará responsable del pago de las indemnizaciones de daños, tanto materiales como los personales, Ocasionados involuntariamente a terceros. Además, esta también puede llegar a cubrir los gastos judiciales y fianzas.
    • Servicio de asistencia en el hogar:
      En el caso que surja algún siniestro, el asegurado recibirá ayuda de una empresa especializada para resolver dicha avería en un plazo máximo de 24h. no obstante siempre y cuando dicha avería esté dentro de las garantías del seguro de hogar:
    1. Fontanería de emergencia, cerrajería urgente y electricidad de emergencia: los gastos de desplazamiento y mano de obra de las reparaciones de urgencia (con un límite de tiempo) son gratuitos para el Asegurado.
    2. Cristalería urgente: Los gastos de desplazamiento y mano de obra de las reparaciones y materiales empleados, siempre que este cubierto por la póliza de hogar.
    3. Personal de seguridad: Si por culpa de un siniestro, cubierto por el seguro, el domicilio asegurado por el seguro de hogar sea fácilmente accesible desde el exterior, la aseguradora hará envío de personal de seguridad cualificado.
    • Defensa jurídica: 
      Incluidos, los costes judiciales, gastos conexos de reclamación de daños y dirección jurídica, defensa penal, prejuicios.